Será en la sesión de este miércoles 27 de julio, que tendrá lugar a partir de las 8:30 hs., en el recinto del cuerpo “Salón Coronel Guarumba”. En la misma se tratarán un total de 30 asuntos.
Dicho proyecto de Ordenanza busca regular los requisitos y condiciones que deberán cumplimentar los carribares para elaborar y comercializar productos alimenticios, dentro del ejido urbano de la Ciudad de Chajarí, denominando como “carribar” al puesto móvil a tracción mecánica utilizado para la preparación y venta de productos alimenticios listos para el consumo en la vía pública.
El mismo se dicta visto “la necesidad de otorgar un marco jurídico a una situación de hecho preexistente como es la de los carribares de nuestra ciudad”, expresando en sus considerando que “el comercio en vía pública, genera situaciones como la ocupación privativa del espacio público de uso común”, y “el Estado tiene como función regular el uso y nuestra realidad muestra que esta convivencia pacífica con el comercio en el espacio público se ha generado por una aceptación, un involucramiento de la sociedad con estos emprendimientos.
Que es de suma importancia reglamentar la situación de estos comerciantes y establecer los requisitos y habilitaciones para otorgar el permiso necesariamente para que restaurantes y demás puestos de comida no sufran de lo que podría llegar a considerarse en algunos casos como competencia desleal”.
El proyecto indica que los interesados en realizar estas actividades en una parada fija deberán tramitar ante el Departamento Ejecutivo Municipal el correspondiente permiso de uso, por período de tiempo determinado: o por evento determinado. Aclarando que no se dará la autorización correspondiente a aquel contribuyente que posea un emprendimiento comercial, ya habilitado en el ejido de la Ciudad de Chajarí, para que funcione un carribar del mismo rubro que el que detenta.
El permiso se otorgará con carácter personal, intransferible, por un plazo máximo de 2 años, pudiendo renovarse. La renovación deberá ser tramitada por ante la autoridad de aplicación, con los requisitos que establezcan en la reglamentación. Ninguna persona podrá ser titular de más de un permiso.
También se prevé conformar un registro de postulantes en donde consten los interesados en ejercer el comercio en las condiciones establecidas. El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá por reglamentación los requisitos de documentación a presentar por cada postulante. La autoridad de aplicación reglamentará su funcionamiento y las formalidades que se requerirán a las solicitudes correspondientes. Dicho Registro se ordenará dando prioridad a quienes demuestren antecedentes en la actividad.
Fuente: Gobierno de Chajarí