Desde el nosocomio local, se emitió un instructivo para identificar cuándo se debe concurrir al Servicio de Guardia y cuándo debe utilizar los Consultorios Externos.

Cuándo solicitar turno por Consultorios Externos:

Si se venció la receta. En la Guardia no se realizan recetas.

Si ha sufrido una herida pequeña.

Si tiene un dolor que le resulta familiar.

Si tiene problemas digestivos menores. Ante cuadros no graves de diarrea, vómitos o constipación.

Si tiene la nariz tapada.

Cuando concurrir a la Guardia:

Ante dolores fuertes y persistentes. Un dolor repentino (una puntada fuerte) y persistente en el pecho, en el abdomen (panza), en la cabeza o en alguna otra parte del cuerpo.

Ciertos signos de aturdimiento, debilidad o problemas de movilidad. Mareos, disminución de la fuerza en alguno de los miembros o alteraciones visuales de aparición brusca.

Accidentes de tránsitos o domésticos.

Mordeduras de algún animal.

Golpe que desencadene hormigueos o adormecimiento de las manos o brazos.

Aparición de síntomas de enfermedades crónicas: asma, diabetes, epilepsia, insuficiencia renal, enfisema o alergias serias.

Las personas que sufren trastornos de salud mental: desde ataques de pánico o fobias hasta esquizofrenia o psicosis.

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